Declaración del Carácter Sostenible de Adara Ventures Energy I FCRE

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2022/1288 de la Comisión Europea de 6 de abril de 2022 por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo y teniendo en consideración que Adara Ventures Energy I FCRE tiene como objetivo una inversión sostenible, se detalla en este documento la información mencionada en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2088 y en los artículos 38 a 49 del Reglamento Delegado (UE) 2022/1288. 

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Contenido

1. Resumen (art 38)

2. Sin perjuicio significativo para el objetivo de inversión sostenible (art 39)

3. Objetivo de inversión sostenible del producto financiero (art 40)

4. Estrategia de inversion (art 41)

5. Proporción de inversions (art 42)

6. Seguimiento del objetivo de inversión sostenible (art 43)

7. Métodos (art 44)

8. Fuentes y tratamiento de datos (art 45)

9. Limitaciones de los métodos y los datos (art 46)

10. Diligencia debida (Due Diligence) (art 47)

11. Políticas de implicación (art 48)

12. Logro del objetivo de inversión sostenible (art 49)

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1. Resumen (art 38)

Adara Ventures Energy I, FCRE (“el Fondo”) es un Fondo enfocado a invertir en empresas que desarrollan tecnologías que habilitan la Transición Energética. Las empresas en las que invierte el Fondo deben generar tanto un retorno financiero positivo como un impacto positivo en los Objetivos de Desarrollo (ODS) desarrollados por las Naciones Unidas; precisamente, el Fondo ha identificado 4 ODS sobre los que pivotará la contribución de las Compañías Participadas:

  • Objetivo 7: Energía asequible y no contaminante; 
  • Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura;
  • Objetivo 11: Ciudades y Comunidades sostenibles;
  • Objetivo 13: Acción por el clima.

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El Fondo invertirá principalmente en empresas que desarrollen productos y servicios basados en tecnologías digitales que apoyan y habilitan la transición energética y la descarbonización. Más concretamente, estas tecnología y servicios serán principalmente:

  • Aplicaciones informáticas basadas en inteligencia artificial;
  • Infraestructura de la nube y desarrollo;
  • Gestión y analítica de datos y aplicaciones B2B de software-as-a-service;
  • Ciberseguridad;
  • Componentes y hardware.

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En todo caso, el Fondo invertirá en Compañías que apliquen dichas tecnologías digitales habilitantes a soluciones y casos de uso relacionados con la transición energética y la descarbonización, enfatizando retos y problemáticas asociadas a los siguientes mercados o sectores:

  • Integración de energías renovables en el Sistema Energético;
  • Gestión de redes de transporte energético avanzadas;
  • Industrias y ciudades inteligentes y eficiencia en el consumo energético;
  • Transporte y movilidad sostenible;
  • Gestión y analítica de datos relacionados con la sostenibilidad y la transición energética en general.

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2. Sin perjuicio significativo para el objetivo de inversión sostenible (art 39)

Los Gestores del Fondo vigilarán que las inversiones contribuyen a los objetivos de sostenibilidad sin causar un perjuicio significativo a ningún otro objetivo medioambiental o social (DNSH, en sus siglas en inglés). Para ellos, se seguirá el siguiente procedimiento;

  • Cuando las inversiones se realicen en actividades económicas calificadas como medioambientalmente sostenibles - de acuerdo con la Taxonomía publicada por la Comisión Europea en su Acto Delegado publicado en 2021 - se determinará que la inversión no perjudica de forma significativa a ningún otro objetivo medioambiental.
  • Cuando las inversiones se realicen en actividades económicas no calificadas como medioambientalmente sostenibles - de acuerdo con la Taxonomía publicada por la Comisión Europea en su Acto Delegado publicado en 2021 - se sustanciará que una inversión contribuye a un objetivo medioambiental sin perjudicar de forma significativa a ningún otro objetivo medioambiental o social. 
  • Para ello, la Sociedad Gestora podrá apoyarse, sin limitarse, en la "clasificación de la UE para actividades sostenibles" (Reglamento (UE) 2020/852, con sus modificaciones), complementada por los criterios técnicos establecidos en los "Actos Delegados de la Clasificación de la UE" (Reglamentos Delegados (UE) de la Comisión que complementan el Reglamento (UE) 2020/852 o los próximos Actos Delegados de la Clasificación, con sus modificaciones)
  • En los criterios de Acción por el Clima y Sostenibilidad Ambiental (CA&ES) del EIF para la financiación verde.
  • La revisión del cumplimiento de estos criterios se realizará en las fases de Búsqueda y Selección de Inversiones y de Diligencia Debida (Due Diligence) previas a la inversión. En esta fase se analizarán los impactos relevantes para los objetivos del Fondo.

Adicionalmente, El Fondo no invertirá, ni garantizará o de cualquier otra manera proporcionará apoyo financiero o de cualquier otro tipo, directa o indirectamente, a empresas u otras entidades: 

  • Cuya actividad empresarial consista en una actividad económica ilegal al amparo de la legislación o normativa aplicable al Fondo o a la empresa o entidad de que se trate; o
  • Cuya actividad esté relacionada con el desarrollo y/o ejecución de proyectos cuyo resultado limite los derechos individuales de las personas o viole los derechos humanos; o
  • Cuya actividad empresarial consista en:
  • la producción y comercialización de tabaco y bebidas destiladas alcohólicas y productos relacionados; 
  • la financiación de la producción y comercialización de armamento y munición de cualquier tipo; 
  • pornografía, casinos y empresas equivalentes;
  • actividades que dañen el medio ambiente o sean socialmente irresponsables;
  • la búsqueda, desarrollo o aplicaciones técnicas relacionadas con programas electrónicos de datos o soluciones, los cuales se dirijan específicamente a apoyar cualquiera de las actividades arriba mencionadas;
  • apuestas a través de internet y casinos online; o 
  • Se pueda prever su ilegalidad en relación al acceso a redes de datos electrónicos; o a la descarga de datos electrónicos; o
  • Producción de energía sobre la base de combustibles fósiles y actividades relacionadas, como:
  • Minería, procesado, transporte y almacenamiento de carbón;
  • Exploración y producción petrolífera, refinado, transporte, distribución y almacenamiento; o
  • Exploración y producción de gas natural, licuefacción, regasificación, transporte, distribución y almacenamiento.

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3. Objetivo de inversión sostenible del producto financiero (art 40)

El Fondo invertirá principalmente en empresas cuya actividad se desarrolle en sectores relacionados con tecnologías digitales que soportan y habilitan la transición energética y descarbonización. El Fondo realizará todas sus Inversiones en empresas en las que, inmediatamente antes de la primera Inversión del Fondo, sean SME (“Small and Medium Entreprises” en inglés).

El Fondo invertirá en sociedades que apliquen dichas tecnologías digitales habilitantes a soluciones y casos de uso relacionados con la transición energética y descarbonización, enfatizando retos y problemáticas asociadas a la eficiencia, seguridad y disponibilidad del Sistema Energético. 

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4. Estrategia de inversion (art 41)

El Fondo es un patrimonio administrado por la Sociedad Gestora – Adara Ventures SGEIC, SA – cuyo objeto principal consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas no financieras y de naturaleza no inmobiliaria que, en el momento de la toma de participación, no coticen en el primer mercado de las Bolsas de valores o en cualquier otro mercado equivalente de la Unión Europea o del resto de los países miembros de la OCDE, con las limitaciones previstas en la Política de Inversión descrita en el Reglamento.

Durante el proceso de análisis de las inversiones, el equipo gestor evaluará la contribución o alineación de las inversiones a los objetivos sostenibles perseguidos por el Fondo. Para ello utilizará fuentes externas, metodologías comúnmente aceptadas o propietarias que el Fondo desarrollará para uso efectivo de su equipo de Inversión, información del equipo gestor de la Compañía objeto de análisis y/o asesores externos. 

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5. Proporción de inversions (art 42)

Con el objetivo de cumplir los objetivos de sostenibilidad perseguidos por el Fondo, el equipo gestor realizará como mínimo el 90% de las inversiones en inversiones sostenibles con objetivo ambiental. El Fondo no se compromete a alcanzar el 100% al poder sufrir la Taxonomía modificaciones a lo largo de la vida del Fondo. En la figura a continuación se establece el árbol de distribución de las inversiones. 

En cuanto a las inversiones con objetivo social, la Sociedad reconoce que pueden realizar inversiones que además de contribuir con un objetivo ambiental, pueden contribuir a un objetivo social. Sin embargo, no establecen un compromiso mínimo relativo a esta tipología de inversiones.

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6. Seguimiento del objetivo de inversión sostenible (art 43)

Una vez materializada la inversión, se configurarán diferentes indicadores de sostenibilidad (KPIs) que midan los impactos tanto positivos como adversos de la actividad para poder medir el grado de avance a través de metodologías propias, así como, en su caso, metodologías generalmente aceptadas.

A su vez, estos indicadores serán también empleados para medir el impacto de las inversiones del producto financiero sobre las principales incidencias adversas (PIAs), de acuerdo con el artículo 11 (2) del Reglamento 2019/2088 (Reglamento SFDR). 

Esta información se realiza en conjunto con el equipo gestor de las Compañías Participadas, la revisa y analiza el equipo de Inversión del Fondo, así como el Consejo de Administración de las Sociedad Gestora y forma parte del informe de situación que se envía a los Inversores de forma periódica. 

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7. Métodos (art 44)

En el marco del análisis extra-financiero, se evalúan las prácticas ESG de forma holística. Esto incluye 

  • La contribución de la compañía a la mitigación del impacto ambiental: a través de la identificación de los índices más adecuados a la actividad de la Compañía, se evaluará el impacto generado por sus actividades o en el sector energético en su conjunto. 
  • Las prácticas dirigidas a mejorar el bienestar y la salud de los empleados y la comunidad: se analizará las iniciativas que busquen mejorar la gestión de los Recursos Humanos y el establecimiento de una cultura de bienestar. Para medir y evaluar la evolución, el equipo de Inversión cuenta con un detallado cuestionario que sirve para capturar la información de cada Compañía y monitorizar el impacto de las políticas ejecutadas
  • Las prácticas de buena gobernanza de las empresas: se analizará la gobernanza de las inversiones siguiendo algún estándar generalmente aceptado, como Global Reporting Initiative (GRI) o Sustainability Accounting Standards Board (SASB)

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8. Fuentes y tratamiento de datos (art 45)

Los datos utilizados para medir la evolución de los objetivos del Fondo provienen de las propias empresas. El equipo gestor del Fondo es responsable periódicamente de recopilar la información pertinente para el cálculo de los indicadores de sostenibilidad utilizados y medir el grado de avance. 

La evolución de los principales impactos adversos se mide a través de la monitorización de los indicadores. Esta información se incluirá en los informes de situación que se envían a los Inversores de forma periódica.

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9. Limitaciones de los métodos y los datos (art 46)

En algunos casos, no será posible obtener los datos necesarios para el cálculo de los indicadores de la Compañía Participada. Especialmente cuando la inversión sea reciente o la Compañía poco madura y, como resultado, no ha tenido tiempo de implementar los procesos ESG requeridos. En el caso de que los datos no están directamente disponibles, el valor del índice será estimado en base a la experiencia.

La falta de información sobre los índices no impide que la Compañía no tenga un impacto positivo en los objetivos medioambientales o sociales.

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10. Diligencia debida (Due Diligence) (art 47)

Durante el proceso de análisis de las inversiones, el equipo gestor evaluará la contribución o alineación de las inversiones a los objetivos sostenibles perseguidos por la Sociedad. Para ello, y con carácter previo a cada inversión, el equipo gestor establecerá en qué medida y de qué modo la compañía analizada contribuye a alguno o varios de los objetivos definidos.

Riesgo Ambiental:

  • Incluye los impactos negativos asociados con el cambio climático, la contaminación, la gestión inadecuada de recursos naturales, la degradación del medio ambiente, la escasez de agua y otros factores ambientales relevantes.
  • También puede abarcar riesgos derivados de la transición hacia una economía baja en carbono, como la imposición de impuestos al carbono, la regulación ambiental más estricta o cambios en las preferencias de los consumidores hacia productos más sostenibles.

Riesgo Social:

  • Incluye los impactos negativos relacionados con los derechos humanos, las prácticas laborales deficientes, la falta de seguridad y salud ocupacional, las violaciones de los derechos laborales, la discriminación, la desigualdad, los conflictos sociales y otros aspectos sociales relevantes.
  • También puede abarcar riesgos asociados con el impacto de las operaciones de las empresas en las comunidades locales, como la falta de aceptación social, la pérdida de licencias sociales para operar o el deterioro de las relaciones con la comunidad en la que opera.

Riesgo de Gobernanza:

  • Incluye los impactos negativos derivados de prácticas deficientes de gobierno corporativo, como la falta de transparencia, la corrupción, los conflictos de interés, la mala gestión de riesgos, la falta de diversidad en el consejo de administración y la remuneración inadecuada de los directivos.
  • También puede abarcar riesgos asociados con la falta de una estructura de gobierno sólida y el incumplimiento de las regulaciones y estándares aplicables.

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Una vez identificados, los riesgos de sostenibilidad se evaluarán en términos de su probabilidad de ocurrencia y su impacto potencial. La evaluación de riesgos puede implicar el uso de indicadores y métricas específicas relacionadas con la sostenibilidad, como las emisiones de carbono, los indicadores de impacto ambiental, la calificación de sostenibilidad de las empresas o los índices de derechos humanos. Además, consideraremos el contexto geográfico, sectorial y temporal para comprender mejor la relevancia de los riesgos identificados.

Durante la evaluación, también consideramos la posible interacción entre los diferentes riesgos de sostenibilidad y cómo pueden afectar de manera conjunta a nuestras inversiones. Esto nos permitirá obtener una visión integral de los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.

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11. Políticas de implicación (art 48)

El Fondo tiene una política de involucración activa con las Compañías en las que invierte. Entre otros aspectos que se tratan de influenciar, se encuentra toda la política ESG. Estas actividades se encuentran entre las que los equipos de gestión del Fondo pueden contribuir. 

Una vez se ha establecido de forma transparente la situación de la Compañía en los índices ESG acordados para esa Compañía, se monitoriza e influencia de forma activa al equipo gestor de la Compañía para que incorpore actividades en sus operaciones que tengan un impacto positivo en los índices. 

 

12. Logro del objetivo de inversión sostenible (art 49)

El Fondo no ha seleccionado un índice con el que compararse. Estos índices se establecerán en cada caso para cada Compañía.

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